Ni ayer, ni mañana ni en pandemia, ¡ningún desalojo!

 Por  Gerardo Suárez y Martina Berruti 


El jueves 2 de febrero amaneció con mucha incertidumbre para una familia del barrio Cerro. Mayra, madre soltera de cuatro hijos, esperaba con ansiedad y angustia la sentencia del Juzgado de Paz. El día anterior había presentado un pedido de prórroga ante su inminente desalojo; si el juez no lo aceptaba, ese mismo día un alguacil acompañado por la Policía procedería a dejarla en la calle. A ella, embarazada, y a sus cuatro hijos.

Sin duda el proceso que llevó a este desenlace fue muy complejo. Mayra ingresó hace algunos años en la cooperativa de ayuda mutua Covimt12, ubicada en el barrio Cerro. Al momento de su ingreso la cooperativa ya estaba construida, por eso para poder ingresar asumió el compromiso de pagar un monto inicial, más las cuotas de la amortización del préstamo que la cooperativa obtuvo ante el Ministerio de Vivienda para poder construir. Los primeros años pudo cumplir con el compromiso de pago, pero al comienzo de la pandemia, en medio de la crisis económica que atravesó el país, Mayra se atrasó en el pago de las cuotas. Si bien en un momento pudo presentar un monto para saldar deuda, llegó un momento en el que se le hizo imposible.

Al día de hoy la cifra adeudada está en el entorno de los 600.000 pesos, lo que incluye cuotas atrasadas, recargos y 60 UR del costo de la abogada que le está haciendo el desalojo, ya que si bien Mayra no tiene plata para pagar un abogado particular, debe pagar sí o sí el abogado de la cooperativa que la está desalojando.

Una de las paradojas de este desalojo es que se da en una cooperativa de viviendas, modelo que, impulsado por el movimiento social, surge como política estatal para garantizar el derecho a la vivienda a las personas de menores recursos, y que tiene un componente social y solidario que ha caracterizado al movimiento desde sus comienzos. Es claro que quien es parte de una cooperativa asume la responsabilidad de abonar mes a mes las cuotas de devolución de préstamos, pero es también cierto que existen mecanismos para atender situaciones de atrasos en el pago de las cuotas, mecanismos que son derechos de los cooperativistas. Uno de ellos es el fondo de socorro. El decreto 198/012 del año 2018 establece que es deber de las cooperativas crear un fondo de socorro “destinado a cubrir dificultades transitorias de los socios que les impidan hacer frente regularmente al pago de las obligaciones periódicas a favor de la cooperativa. Dicho fondo podrá constituirse a partir de la suscripción de los documentos de uso y goce de las viviendas”. Otra de las herramientas establecidas para atender este tipo de problemas económicos es el subsidio a la cuota, que la cooperativa puede solicitar al Ministerio de Vivienda y cubre el monto que la cooperativista tiene que pagar de devolución de préstamo. Ninguno de los dos mecanismos fue utilizado por la cooperativa.

A su vez, Mayra convive con una enfermedad degenerativa que le dificulta la búsqueda de soluciones, y hasta hace muy poco tiempo convivía con una pareja que la violentaba, situación por la cual se están aplicando medidas cautelares. El tiempo en el que ella se atrasó y no cumplió con el pago de la deuda es un tiempo en el que sufría violencia de género en su casa. Ante un panorama de violencia de género, vulnerabilidad económica y enfermedad, la forma de encarar la situación no alcanza con una simple propuesta de pago de lo adeudado; el encare debe ser integral, y la no existencia de este tipo de encare demuestra carencias a nivel estatal, y también a nivel de las organizaciones solidarias de nuestro movimiento popular.

La salida de desalojar a la compañera cooperativista no puede ser la primera que surja. Estamos hablando de derechos humanos, que no se pueden medir sólo teniendo en cuenta la posibilidad de una persona de afrontar una deuda en un momento de crisis general. Sin embargo, sin tener esto en cuenta, la cooperativa inició un proceso de desalojo. Como consecuencia del proceso de desalojo, Mayra, en la búsqueda de proteger su derecho y el derecho de sus hijos a la vivienda, pudo contactarse con organizaciones sociales que militan por estas causas. A partir de este acompañamiento surgió la fuerza que ella necesitaba para poder terminar el vínculo con la pareja que la violentaba, y pudo a su vez regularizar, a través de un juez, ingresos mensuales -como retención y pensión por enfermedad- que le permitirán hacer frente a un nuevo convenio de pago.

Si en la jurisprudencia uruguaya hay un acuerdo de no realizar desalojos en invierno, porque se entiende que en esas condiciones no se puede dejar a alguien en la calle, en situaciones como las del caso en particular del que hablamos se debería sobreentender que un desalojo es inviable.

Esta mañana del jueves 2 de febrero el juez aprobó el pedido de prórroga, el desalojo se pasó para la fecha 16 de febrero de 2023. En estas dos semanas la asamblea de la cooperativa tiene que definir si acepta la propuesta de Mayra de entregar 100.000 pesos en la mano y pagar en cuotas el resto de la deuda. Es una oportunidad para que la cooperativa demuestre que las cosas se pueden hacer de otro modo, poniendo la vida de las personas en el centro, efectivizando a su vez el objetivo de que el sistema cooperativo sea una política de acceso al techo para los sectores de menores recursos, y demostrando con hechos que se cuenta en su movimiento con una herramienta que tiene perspectiva de solidaridad, de clase y de género.

Martina Berruti y Gerardo Suárez son integrantes de la Comisión Derecho a la Ciudad

Fuente: La Diaria

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